Miguel Rodríguez Villafañe, abogado constitucionalista y especialista en Derecho a la Información, dialogó sobre libertad de expresión y el ejercicio profesional del periodismo.

Por Lucas Pérez Fernández, estudiante de la ECI y Lucía Arese, egresada de la ECI.

Rodríguez Villafañe llegó a la ECI para ser entrevistado unas horas antes de recibir el título de doctor en Derecho. El tema de su tesis fue el Derecho a la Información, un ámbito que lo apasiona y lo posiciona como referente de consulta entre investigadores y periodistas. En esta nota analiza en profundidad cómo se regula el secreto profesional en el periodismo.

Nos enteramos que recientemente rindió su tesis de doctorado, donde investiga la libertad de expresión en referencia a los casos de “ejercicio particular del secreto profesional”. ¿Podría mencionar algunos ejemplos?

Un legislador puede decir un montón de cosas y no ser querellado por lo que dice, eso es un ejercicio particular de la libertad de expresión. El otro ejercicio en sí mismo es el tema diplomático: a un embajador no se lo podría querellar, y el tercero es el periodista por el secreto profesional periodístico. Éste es un derecho que le permite, si quiere, no dar  información para dar información. Entonces, la ley le permite obtener información y publicarla a condición de no develar la fuente. Ése es el concepto general.

Entonces ¿el secreto profesional abarca sólo al periodista profesional?

La regla es para el periodista profesional pero puede haber excepciones. El secreto profesional propiamente dicho tiene dos aspectos muy novedosos: por ejemplo, si yo actúo como abogado tengo el derecho a que no me puedan preguntar ni obligarme a decir lo que me dijo mi cliente. Pero, a la vez, tengo el deber legal de no decirlo.

En el caso del periodista tiene todo el derecho del mundo a guardar la reserva, pero es una obligación moral respecto a la fuente de mantenerlo en off.  Entonces ahí empieza un nuevo universo acorde a la estructura legal del país donde esté. Lo moral tiene dos grandes terrenos: lo moral propiamente dicho y lo deontológico. Lo primero está relacionado con una decisión personal, cada uno decide lo que le parece bien o mal según su educación, su religión, etc. y no pasa nada si uno lo trasgrede. Lo deontológico está a la mitad entre lo legal y lo moral porque es una moralidad consensuada pero, si alguno no cumple, podemos tener sanciones, es decir, conlleva efectos jurídicos.

¿Cómo define la Ley al periodista profesional?

Miguel Rodríguez Villafañe: Ése es un temazo. Hay profesiones como la mía, donde no hay drama, porque  necesitás el título, la matrícula y ya sos profesional. En el caso de los periodistas tiene sus particularidades. Uno podría tener tres roles diferentes en el mismo día: a la mañana hacer periodismo institucional, a la tarde hacer docencia y a la noche ir al noticiero. Y depende en cada uno de esos roles perfectamente habilitados por el título tiene implicancias e institutos jurídicos que lo tutelan o no. Entonces eso lleva a la pregunta de cuándo y en qué medida están haciendo o no periodismo y cuáles son los parámetros para establecer esas delimitaciones.

Y así entramos al debate sobre si el periodismo es una profesión o un oficio…

Horas podemos hablar de eso. Según el estatuto del periodista, el capital hace al profesional. Para ser periodista tenés que trabajar dos años en un medio: entonces el dueño es el que decide si te contrata por dos años para, de esa manera, convertirte en periodista profesional. También, el sólo hecho de ser dueño del medio te convierte en periodista profesional. O sea, yo podría ser un analfabeto y sólo porque tengo el capital de comprarme un diario tengo esa calidad. Lo mismo como colaborador: necesitás 24 colaboraciones al año. A veces el dueño de un medio te publica 23 y te demora la 24 para el próximo año para tenerte sin ser periodista profesional.

¿Conoce algún caso excepcional donde se conceda el secreto profesional a alguien que no cumpla con las condiciones establecidas en el estatuto?

Sí, una vez me consultaron de la Universidad de La Plata porque un profesor de periodismo pidió una investigación como trabajo práctico y un grupo de estudiantes investigó el caso de la droga en un determinado lugar. Fue tan bueno el trabajo que lo publicaron en la facultad. Pero ahí no más la fiscalía mandó a citar a los autores a que digan las fuentes. Y ahí los hice cubrir con el profesor que era periodista, en definitiva los estudiantes eran una prolongación de él y en ese caso el secreto profesional los baña a los alumnos.