Por Renata Chiacchietta y Candela Almaraz *

En el 14º juicio contra el terrorismo de Estado en Córdoba, varios represores policiales recibieron condenas de siete años a prisión perpetua. Por prescripción, fueron absueltas dos ex funcionarias acusadas de complicidad con la apropiación de una bebé en contexto dictatorial.

La causa “González, Adela” es el 14º juicio de lesa humanidad que se celebra en Córedoba. Foto: Renata Chiacchietta

El jueves 2 de mayo, en una jornada fría y soleada, el Tribunal Oral Federal II dictó sentencia, marcando el final de un juicio por crímenes de lesa humanidad ocurridos en Córdoba entre 1978 y 1979. Después de dos meses, nueve jornadas de audiencia y más de veinte declaraciones de testigos, se determinó la existencia de los delitos de privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos, homicidio, supresión de estado civil, alteración del estado civil y la sustracción de una niña.

El expediente reunió información sobre los testimonios de un grupo de mujeres, esposas de presos comunes detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº1 que ayudaron a presos políticos incomunicados alojados en ese penal haciendo de mensajeras con sus familias. Ellas fueron: Teresa Luisa Peralta, Marta Nélida Funes y su hijita de 10 años, Delfina Lidia Peñaloza, y María de las Mercedes Moreno. Junto a ellas María Lidia Piotti, esposa del preso político Cecilio Salguero. 

Todas secuestradas, torturadas, violadas y amenazadas. En tanto, María de las Mercedes Moreno, quien al momento de los hechos cursaba un embarazo avanzado, tuvo una niña que los represores la entregaron a la Casa Cuna, donde fue apropiada por personal de esa institución. Desde que esa niña, hoy adulta, recuperó su  identidad hasta el actual juicio pasaron doce años. Su madre falleció en 2023 sin ver juzgados a los responsables de la situación. 

Referentes de organismos de derechos humanos, sociales y políticos colmaron el auditorio de Tribunales federales. Foto: Renata Chiacchietta

En la previa a la sentencia, había mucha expectativa entre los organismos de derechos humanos, ya que se esperaba probar que en Córdoba existió “un circuito de apropiación de menores” entre la Maternidad provincial, la Casa Cuna y los Tribunales de Familia. Además, se podría “corroborar y confirmar que hubo una complicidad civil y judicial en la sustracción de un menor de diez años, donde estuvieron involucradas instituciones provinciales como la Maternidad Provincial y la ex Sala Cuna”, explicó Belén Altamiranda Taranto, titular de Abuelas Córdoba.

El juicio contempla también delitos ocurridos entre septiembre de 1978 y agosto de 1979, en el Centro Clandestino de Detención D2, ubicado en calle Mariano Moreno esquina Caseros. Entre los cuales, fueron víctimas un empleado bancario, Juan Carlos Bazán y su primo Elías Humberto Ríos, ambos desaparecidos. También los trabajadores de la Municipalidad de Córdoba Luis Enrique Rosales, Carlos Alberto Franco, Roberto Maldonado, Olga del Carmen Molina, y José Manuel Ochuza, todos secuestrados y desaparecidos por personal no identificado bajo cumplimiento de órdenes de la Jefatura de Policía de la provincia de Córdoba. Dado que los responsables fallecieron durante la investigación, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se aplique el derecho a la verdad en el dictado de la sentencia y se exponga lo sucedido. 

La virtualidad de las condenas

Los acusados presenciaron la totalidad del juicio conectados en forma virtual desde sus domicilios

La sentencia se leyó a sala llena, no solo por referentes de derechos humanos, sino que también participaron dos quintos años del colegio Domingo Zipoli y su profesor de historia; el intendente de Córdoba, Daniel Passerini; la ministra de Desarrollo Humano, Liliana Montero; la secretaria general de la CTA Córdoba, Leticia Medina. Además, hubo transmisión en vivo por Youtube y muchos medios cubrieron de esa forma los acontecimientos.

Pero la virtualidad puede presentar ciertas peripecias, sobre todo cuando los acusados no están presentes en la sala. Cámaras que no prenden, micrófonos que no andan, cuestiones que no se permiten en la formalidad de lo presencial si suceden en esta modalidad.  El imputado Ramón Molina en su última palabra alegó: “No sé de qué se trata, lamentablemente he estado ausente a causa de que contraje el dengue, así que no conozco nada ni puedo agregar nada al respecto”. Por su parte, la acusada Mirta Graciela “Cuca” Antón se defendió: “Éramos varias mujeres que trabajamos en el D2. Yo tenía 20 años y estaba con licencia médica en el momento de los hechos”. 

Después de un extensísimo cuarto intermedio, el Tribunal,  presidido por Julián Falcucci secundado por María Noel Costa y Fabián Asís, condenó a prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua a los ex policías Carlos Alfredo Yanicelli, Yamil Jabour y Juan Eduardo Ramón Molina por los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados y desaparición forzada de personas seguida de muerte”. Estos acusados ya cuentan con condenas anteriores y cursan prisión domiciliaria.

Mirta Graciela Antón, que carga el título de ser la primer mujer condenada por crímenes de lesa humanidad en el país, fue sentenciada a 15 años de prisión, al ser hallada como coautora penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por tratarse de una funcionaria pública -integrante del Departamento de Informaciones (D2) de la Policía de la provincia de Córdoba-  y por el uso de violencia, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados, cinco hechos en concurso real.

A su vez, Raúl Alejandro Contrera fue condenado a siete años de prisión como partícipe secundario penalmente responsable del delito de imposición de tormentos agravados cometidos en perjuicio de Juan Carlos Bazán y Elías Humberto Ríos; y absuelto por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio agravado.

Foto: Renata Chiacchietta

El fiscal Facundo Trotta remarcó la discrepancia con la condena de Contreras: “Al ser condenado por tormentos es muy difícil no decir que contribuyó a la privación de libertad. Evidentemente ahí hay algo que no nos termina de cerrar”. Contrera prestaba funciones de fichero y archivo en el D2 de la Policía. 

Apropiación de una niña: absoluciones por prescripción 

El 26 de septiembre de 1978, personal no identificado del D2 ingresó al domicilio donde vivía María Mercedes Moreno, por entonces madre de cuatro hijos menores y embarazada de siete meses. Acusada de ser “correo” de los presos políticos, fue torturada por “Cuca” Antón y Calixto Flores a dos meses de parir. Trasladada a la Maternidad Provincial, dio a luz a una niña prematura a la que nunca pudo ver.  Al ser dada de alta, fue nuevamente alojada en el D2, hasta que el 28 de noviembre se dispuso su traslado al Establecimiento Penitenciario de mujeres Buen Pastor, lugar que mantenía cierta fachada legal pero formaba parte del circuito clandestino, como quedó probado en el juicio por el robo del nieto de Sonia Torres. María de las Mercedes recuperó su libertad el 6 de abril de 1979. 

María de las Mercedes Moreno, durante la conferencia de prensa en que se dio a conocer el hallazgo de su hija apropiada. Foto: Abuelas de Plaza de Mayo Córdoba

El Tribunal diferenció este caso de otros considerados de desaparición forzada de menores. Se estableció que las fuerzas de seguridad que habían intervenido en el hecho, se desinteresaron de la suerte de la menor. Una vez que la niña fue dada de alta, fue llevada al domicilio que la madre había consignado en la historia clínica, y no encontraron a nadie allí. En los expedientes consta que, a la brevedad, la niña fue puesta a disposición de la Justicia de menores, la que dispuso su traslado a la ex Casa Cuna.

Cuando María de las Mercedes Moreno fue liberada y fue a buscar a su hija el personal de la Casa Cuna la echó. Luego de esto la bebé fue entregada al matrimonio integrado por Laura Dorila Caligaris, quien trabajaba en el área de servicio social de la institución, y su esposo Osvaldo Roger Agüero. A la bebé anotaron como su hija biológica, con la complicidad de Adela María González, la ex asesora de menores Ana María Rigutto y una decena de funcionarios judiciales y profesionales médicos ya fallecidos. 

Desde una pantalla, 46 años después, Ana María Rigutto niega con la cabeza de un lado a otro, se la sostiene con las manos, está preocupada. Al igual que Adela González, cuando escuchó la absolución lloró y se abrazó con quien la acompañaba. El Tribunal consideró que no se estaba en presencia de un hecho que se pudiera calificar como sustracción de un menor de diez años, sino que había sido puesta a disposición de la Justicia, de acuerdo con la ley “Agote” 10.903, que introducía la categoría de peligro moral o material para referirse a los niños que necesitaban la tutela del Estado, vigente en aquel momento. Por lo cual, se descarta caratular el caso como desaparición forzada del menor y que integre la categoría de delito de lesa humanidad. Por eso se declaró extinguida la acción penal por prescripción, en los delitos de falso testimonio, supresión de estado civil y falsificación de documento público.

Cabe destacar que en los intentos de María Mercedes por ver a su hija fue a la oficina del juez de menores Jorge Horacio Pueyrredón para que la autorice. Pero el juez y la asesora Rigutto ordenaron estudios socioambientales y fruto de eso le negaron a la madre conocer a su hija, argumentando que los resultados no eran favorables por su condición humilde. A pesar de todo María logró criar nueve hijos a lo largo de su vida.    

Si bien aún se aguardan los fundamentos de la sentencia para ir a casación, este caso -por ahora sin justicia- deja más preguntas que certezas respecto a los criterios que se aplican al catalogar los delitos de lesa humanidad. Los apropiadores directos de la nieta 107 y los principales responsables judiciales murieron. Los jueces sí dispusieron la anotación marginal en su partida de nacimiento de que M. M. L. A. era hija biológica de María de las Mercedes Moreno.

Del otro lado, flores y pancartas

Mientras se esperaba por la sentencia definitiva, desde las diez de la mañana se hicieron presentes personas, organizaciones y familiares de las víctimas en las afueras de Tribunales Federales. Las pancartas llenas de rostros, los pañuelos y las flores, rompen el tono gris de la explanada de tribunales federales, mientras por allí siguen desfilando zapatos de vestir y borceguíes. Los cruces generacionales yuxtaponen a abuelas y jóvenes tejiendo flores rojas, compartiendo memorias y saberes.

En lo que para algunos es una jornada nimia, donde solo importan las sentencias que imponen unos pocos, para otros es una jornada histórica, que permite seguir revisando nuestro pasado para traerlo al presente, en un ejercicio de memoria colectiva.

“Lamentamos que no vean la dimensión política y pedagógica que tienen estos juicios para las futuras generaciones para no volver a caer en lo mismo. Los juicios no son un trámite, una página que se da vuelta, sino un camino de la sociedad que van a continuar les nietes”, manifestó al medio comunitario La Retaguardia Emiliano Salguero, referente de la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba e hijo de una de las víctimas de este juicio. 

Sobre una de las calles hay un proyector y un montón de sillas que van quedando a la sombra, donde casi nadie se sienta. Las sillas vacías representan, dicen algunos, a los que nos faltan. El micrófono abierto, permite que algunos se acerquen a hablar, que recuerden en voz alta a sus familiares, que se saquen la bronca y festejen el encuentro con otrxs. Cada tanto, alguien va contando lo que pasa adentro.

El juicio dejó sensaciones contradictorias, entre la satisfacción por una nueva sentencia que arroja luz sobre el terrorismo de Estado y las dificultades para juzgar y condenar a los responsables civiles. Foto: Renata Chiacchietta

Cuando el presidente del tribunal termina de leer, sabemos que todavía no alcanza, que todavía nos falta un montón. En diálogo con La Retaguardia, la abogada de Abuelas de Plaza de Mayo en Córdoba, Patricia Challup, anuncia: “Tengo que decir que no me sorprende el fallo. Lamentablemente, todavía cuando se trata de sectores civiles es más difícil lograr condenas. Y sí adelantar que vamos a casación, entendemos que hay un montón de pruebas, pero vamos a esperar los fundamentos de la sentencia. El veredicto es también un reflejo del contexto que estamos atravesando en el país”. 

En ese momento, son las abuelas las primeras en tomar la posta y gritar una vez más: “¡30 mil compañeros detenidos y desaparecidos presentes!”. Y a ellas que tanto nos enseñan de luchas y resistencias como no acompañarlas en ese grito… ¡PRESENTES!

 

Foto principal: Lourdes Catalfamo

 

Estudiantes en prácticas de trabajo final de grado de la FCC-UNC, en el proyecto “Cobertura periodística de juicios con impacto social y político”, coordinado por Alexis Oliva.